Objetivos Política de Calidad
La Administración Municipal de la ciudad de Santa Rosa de Osos, adopta como Política de Calidad la prestación oportuna de los servicios con sentido humano y gestión transparente, propendiendo por el bienestar de sus habitantes, favoreciendo en especial a la población más vulnerable, a través del mejoramiento continuo de procesos, idoneidad de sus servidores, racionalización y ejecución óptima de los recursos, actuando bajo los preceptos constitucionales y legales.
Objetivo General
Garantizar la prestación oportuna de los servicios de la Administración Municipal, mediante la optimización de los recursos, el fortalecimiento del talento humano, la creación de mecanismos de retroalimentación, el mejoramiento continuo de los procesos y la focalización de los beneficiarios para mejorar las condiciones de vida de los habitantes.
Objetivos Específicos
1. Configurar y desarrollar programas de formación, capacitación y evaluación permanente para los funcionarios de la Administración Municipal, que garanticen las competencias para el cumplimiento con eficacia y eficiencia sus funciones.
2. Aplicar las Líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Municipal, articulándolas con las buenas prácticas administrativas y con el Modelo Estándar de Control Interno, con el ánimo de fortalecer la estructura pública en la calidad y en el cumplimiento de los objetivos de gobierno.
3. Generar acciones que proyecten a Santa Rosa de Osos a nivel departamental, nacional, como un gobierno competitivo, que respalda la equidad, la honestidad y el trabajo en equipo, motivando el mejoramiento continuo de los procesos administrativos.
4. Fortalecer la institucionalidad pública con acciones que fomenten la legalidad, a partir del buen manejo de los recursos físicos y el fortalecimiento del talento humano, bajo principios y valores institucionales.
Funciones
- Ejercer la autoridad política, desempeñar las funciones de administrador local y representante legal de la entidad territorial.
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la Ley, los decretos del Gobierno, las ordenanzas, y los acuerdos del Concejo.
- Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la Ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo Gobernador. El Alcalde es la primera autoridad de Policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante.
- Dirigir la Acción Administrativa del municipio, asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente, y nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes o directores de los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes.
- Suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales, de conformidad con los acuerdos respectivos.
- Presentar oportunamente al Concejo los Proyectos de Acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha del municipio.
- Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiese aprobado el Concejo y objetar los que considere inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.
- Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.
- Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes generales sobre su administración y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que solo se ocupará de los temas y materias para los cuales fue citado.
- Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el plan de inversión y el presupuesto.
- Las demás que la Constitución y la Ley le señalen.